Auditores y Consultores - AFCA

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 Grupo AFCA - Asesoría Fiscal y Contable Actualizada

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AFCA

Auditores & Consultores

 

Hoy en día es vital para el ecosistema emprendedor tomar en cuenta que para que un proyecto empresarial sea exitoso debe tener sus cuentas claras. Las grandes empresas lo han entendido y se preocupara por tener toda su contabilidad al día.
 
 Grupo AFCA - Asesoría Fiscal y Contable Actualizada
 

En AFCA nos especializamos en llevar la contabilidad de las empresas, auditamos todos los aspectos contables para que la gestión administrativa y financiera se desarrolle adecuadamente.
 
 Grupo AFCA - Asesoría Fiscal y Contable Actualizada

 

Nuestra firma está integrada por profesionales con experiencia y una larga trayectoria brindando servicios de asesoría empresarial en el ramo contable y administrativo.
 
 Grupo AFCA - Asesoría Fiscal y Contable Actualizada

 

Durante muchos años hemos manejado contabilidades del Régimen General y Sociedades Anónimas, cumpliendo con las fechas, registros y gestiones que exige la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) evitándoles a nuestros clientes, multas y pagos innecesarios.

 
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Una contabilidad ordenada con una auditoría permanente puede garantizar el éxito de su empresa, detectando errores en la administración de los gastos a tiempo y con estados financieros confiables que le permitan visualizar cuánto realmente está generando su actividad productiva.
 
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Trabajamos con responsabilidad, honradez, exactitud, respeto, honestidad y sobre todo con discreción y protección de la información de nuestros clientes, porque hemos entendido que solo con valores sólidos podemos brindarle satisfacción total a nuestros clientes.
 
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Nuestras oficinas – Visita Virtual 360º


 

Nuestros servicios

Auditoria de Estados Financieros:

  • Auditoria de estados financieros para entidades lucrativas y no lucrativas
  • Evaluación de Control Interno
  • Auditoria Externa permanente
  • Auditoria de Cuentas Especiales

 

Sección de Operaciones Contables:

  • Servicios permanentes de contabilidad
  • Procesamiento de operaciones contables
  • Actualización de operaciones contables
  • Supervisión de operaciones contables
  • Implementación de control interno

 

Servicio de Consultoría:

  • Planificación fiscal
  • Constitución de sociedades mercantiles
  • Constitución de Asociaciones no lucrativas
  • Constitución de gremiales de comercio y profesionales
  • Registro de marcas
  • Control interno fiscal

 

Servicios de:

  • Auditoria de estados financieros
  • Defensa fiscal
  • Asesoría fiscal permanente
  • Auditoria fiscal para declaración de impuestos
  • Planificación y evaluación de beneficios fiscales
  • Asesoría para Ampliación, modificación y fusión de sociedades

 

Nuestros clientes:

  • Farmacéuticas
  • Colegios
  • Constructoras
  • hoteles
  • Restaurantes
  • Gasolineras
  • Empresas de TV por cable
  • Ferreterías
  • Abarroterías
  • Empresas agrícolas
  • Importadoras
  • Exportadoras
  • Panaderías
  • Pastelerías
  • Empresas de confección
  • Empresas asociativas de turismo
  • Gremiales sin fines de lucro
  • Asociaciones sin fines de lucro

 
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Contribuyente sujeto a retención:

Los contribuyentes sujetos a retención del Impuesto Sobre la Renta deben de presentar sus declaraciones de IVA e ISR mensual, es importante que los contribuyentes de ese régimen consideren que no se puede efectuar retenciones entre contribuyentes del mismo régimen y en el caso que un contribuyente obligado a realizar la retención no la hiciere, queda obligado a pagar el impuesto correspondiente. Estos contribuyentes también  están obligados a presentar su declaración jurada anual del ISR, llevar contabilidad completa, y contar con un contador nombrado ante la Administración Tributaria.
 

Omisión de las declaraciones:

El numeral 9 del articulo 94 del Código Tributario indica que presentar las declaraciones después del plazo establecido en la ley Tributaria es objeto de una sanción equivalente a Q1,000.00; cuando esta omisión la cometan entidades no lucrativas la sanción se duplicara. El hecho de no vender o no prestar un servicio no significa que no deba presentarse las declaraciones sin movimiento, esto es parte de las obligaciones fiscales u obligaciones formales de todo contribuyente.
 

Obligaciones de un contribuyente sujeto a pagos trimestrales del ISR:

  • Presentar su declaración del IVA
  • Presentar su declaración del ISR trimestral
  • Presentar su declaración del ISO trimestral
  • Presentar su informe semestral de inventarios
  • En caso de sociedad deben agregar: El calculo de la reserva legal y distribuir las utilidades a los socios.

 

Asociación no lucrativa:

Se denomina así a las asociaciones que son constituidas sin fines lucrativos y su objetivo es el mejoramiento de las condiciones comerciales y profesionales de sus asociados mediante la capacitación y gestión de recursos dinerarios y no dinerarios.

Subsiste de donativos, aportaciones ordinarias y extraordinarias. Si usted esta interesado en que le brindemos una capacitación sobre derechos y obligaciones fiscales y tributarias de una asociación puede solicitarla de forma gratuita reportando esta capsula.
 

Nombrar a un contador ante la administración tributaria:

El Código de Comercio (Art. 368) indica: cuando un contribuyente cuenta con un capital superior a los Q25,000.00 deberá llevar contabilidad completa en forma ordenada y organizada. Nuestra recomendación es que contrate los servicios de un contador con experiencia en asuntos contables debido a que cada tipo de empresa amerita un tratamiento contable distinto, en este sentido es importante tomar en cuenta que el sistema contable de una empresa comercial, industrial o de servicios será diferente.
 

Diferencia entre obligación fiscal y tributaria:

En la Obligación fiscal existen sujetos, pasivos y activos, en el cual el sujeto activo será el Estado y el Sujeto Pasivo el contribuyente (persona natural o jurídica). Solo la ley puede atribuir la calidad de sujeto activo, los cuales pueden ser organismos públicos tales como la Administración Tributaria o municipalidades.

La Obligación Tributaria es entonces ese vínculo entre el sujeto activo y pasivo que tiene como objeto la prestación tributaria y se establece cuando se verifica el hecho imponible.

El sujeto pasivo tiene la obligación de: presentar avisos sobre el inicio de operaciones, llevar al día sus libros, declaraciones. La obligación tributaria constituye un vínculo jurídico, de carácter personal, entre la Administración Tributaria y otros entes públicos acreedores del tributo y los sujetos pasivos de ella. Y tiene por objeto el pago de un tributo.

 


Informacion General

Direccion
3a. calle 2-35 zona 7, Residenciales Imperial | Cobán, Alta Verapaz
GPS
15.463289013605149, -90.3700296613988
Telefonos
42152868
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Web
http://www.grupoafca.com

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Cerrado

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Calificación
carlos
2020-02-27 10:34:14
saludos y dios bendiga cada actividad que realicen ¡¡¡